Quevedo 3200 | CNV0159

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio Villa Devoto
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Antigüedad 10 años
  • Estado Muy Bueno
  • Orientación Oeste
  • Disposición Contrafrente
  • Sup. Propia 35,00 m2
  • Sup. Balcón 6,00 m2
  • Expensas 50000

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ALQUILER

Quevedo 3200

Villa Devoto

RESERVADO. Quevedo 3200, entre Simbrón y Tinogasta, Villa Devoto: A 100 mts. del Devoto Shopping. Departamento al contrafrente con balcón muy luminoso, ventilado y silencioso. Con rtecepción y sector de trabajo con cocina integrada, despacho privado con placard, balcón corrido y baño completo. Pisos de porcelanato, cocina a gas natural con alacena y muebles bajo mesada, termotanque eléctrico. Calefacción por TB. Pre-instalación de AA. Expensas: $ 50.000.- (incluyen Aysa) (fotos ilustrativas, de carácter no vinculante) “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.”


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 50000

ADICIONALES

Apto Profesional
Balcón
Vista
Luz

VIDEOS


*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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Pablo Martin, Matrícula 2927 - Colegio Profesional Inmobiliario (C.U.C.I.C.B.A.)

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